El CRIM es el impuesto sobre la propiedad inmueble en Puerto Rico. Los fondos recaudados se utilizan para financiar servicios municipales como recogido de basura, mantenimiento de áreas públicas y seguridad.
Todo propietario de una propiedad registrada en Puerto Rico está obligado a pagar CRIM. Esto incluye:
Casas residenciales
Propiedades comerciales
Terrenos sin construir
Segundas propiedades y propiedades de inversión
El cálculo se basa en el valor tasado de la propiedad según el valor catastral de 1957, ajustado por mejoras. La fórmula básica es:
Valor tasado × tasa impositiva (alrededor de 6.83%) = contribución anual
⚠️ Importante: Este valor tasado no es el mismo que el valor de mercado actual.
El CRIM se paga en cuatro plazos trimestrales al año:
1 de julio
1 de octubre
1 de enero
1 de abril
Si el pago se hace tarde, pueden aplicarse recargos e intereses.
Puedes solicitar exención si:
Es tu residencia principal (vivienda ocupada por el dueño)
El valor de la propiedad no sobrepasa los $15,000 según la tasación del CRIM
Eres veterano, persona de edad avanzada o tienes alguna condición médica que aplique bajo leyes estatales
Importante: Las propiedades secundarias, propiedades de alquiler o propiedades heredadas que no se usan como residencia principal no cualifican para exención.
Si tienes una hipoteca activa, el CRIM generalmente se paga a través del “escrow” o cuenta de reserva que administra tu banco o institución financiera. Este monto se divide en pagos mensuales y se incluye en tu hipoteca, junto con el seguro y otros gastos asociados. El banco luego se encarga de realizar el pago completo al CRIM en las fechas estipuladas (usualmente en julio y enero).
El CRIM se calcula en base al valor tasado de la propiedad (valor del CRIM, que suele ser menor al valor de mercado) y el tipo de propiedad (residencial, comercial, etc.). A ese valor se le aplica una tasa contributiva que varía por municipio. Si la propiedad está exenta (como residencia principal bajo ciertas condiciones), se reduce o elimina el pago.
El CRIM se prorratea entre comprador y vendedor según el mes de cierre.
En el cierre, usualmente se exige un estado de cuenta al día del CRIM para poder completar la transacción.
Puedes solicitar un certificado de deuda en la oficina del CRIM más cercana o a través de su portal web crimpr.net.
Acumulación de intereses y penalidades
Posible embargo o gravamen (lien) sobre la propiedad
Dificultades al momento de vender o heredar la propiedad
✅ Verifica siempre que el CRIM esté al día antes de comprar
✅ Solicita un estimado actualizado para evitar errores en los costos de cierre
✅ Si planeas usar la propiedad como residencia principal, solicita la exención tan pronto te mudes
El CRIM es una parte esencial del costo de mantener una propiedad en Puerto Rico. Estar informado te ayuda a evitar problemas legales y financieros, y a tomar decisiones más inteligentes al comprar o vender.