¿Vas a vender una propiedad en Puerto Rico? Aprende qué es la ganancia de capital, cómo se calcula, qué puedes descontar y si aplicas a exenciones contributivas. Evita errores costosos.
Si vas a vender, es vital entender qué es la ganancia de capital, cuánto podrías pagar en contribuciones y si aplicas a alguna exención o beneficio contributivo. En este blog te explicamos todo lo que necesitas saber para evitar sorpresas y vender con claridad.
La ganancia de capital es la diferencia entre el precio en que compraste una propiedad y el precio en que la vendes, luego de descontar ciertos gastos relacionados. Si vendes más caro de lo que pagaste, el gobierno considera eso una ganancia tributable.
📌 Ejemplo sencillo:
Compraste en $120,000 y vendes en $180,000 → Ganancia = $60,000
Esto depende si eres residente y si fue tu residencia principal:
Tributas solo a nivel local (Hacienda), no federal
Tasa promedio: 15% sobre la ganancia neta
En algunos casos, puede aplicar 0% si tienes exención por residencia principal
Puedes tener que tributar también a nivel federal (IRS)
Te pueden retener automáticamente un % en el cierre
Costos de compra (honorarios, CRIM adelantado, inspecciones)
Costos de mejoras permanentes (cocina nueva, marquesina, etc.)
Costos de cierre al vender (comisión, abogado, sellos)
Cuanto más documentado tengas esos gastos, menos pagas.
Si fue tu residencia principal por al menos 2 de los últimos 5 años, podrías estar exento hasta cierto monto (hasta $250K individual o $500K en pareja, bajo ciertas condiciones).
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Si heredaste la propiedad, el “costo base” cambia. Se calcula en base al valor de tasación al momento de heredar, no cuando el familiar la compró.
Esto puede ayudarte a pagar menos ganancia de capital.
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En Puerto Rico no existe un mecanismo automático de "1031 Exchange" como en Estados Unidos federal, donde puedes diferir el pago de ganancia de capital si reinviertes en otra propiedad similar.
Sin embargo, algunos CPA en Puerto Rico aplican estrategias similares si:
Reinviertes el dinero en otra propiedad en la isla
La compra se hace en un término razonable de tiempo
Documentas bien la intención de inversión
🧠 Esto no está garantizado ni es automático, por lo que es clave consultarlo con un contador público autorizado (CPA) antes de vender si tu plan es reinvertir.
En Puerto Rico, los abogados de cierre no reportan directamente esa ganancia. Eres tú quien debe incluirla en tu planilla. Si no lo haces, puedes recibir una multa o auditoría.
💡 Tip: asesórate con un CPA antes de vender, especialmente si es una propiedad heredada o si no vives en Puerto Rico.
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❓ ¿Tengo que pagar ganancia de capital si fue mi casa principal?
✅ Posiblemente no. Si viviste al menos 2 años ahí, podrías estar exento.
❓ ¿Cómo se calcula la ganancia si heredé la propiedad?
✅ Se usa la tasación al momento de heredar, no el precio original.
❓ ¿Debo incluir gastos de cierre y mejoras en el cálculo?
✅ Sí, eso reduce la cantidad tributable.
❓ ¿Qué pasa si no reporto la ganancia?
✅ Puedes ser auditado o recibir penalidades. Decláralo correctamente con tu CPA.
❓ ¿Pagan los compradores también impuestos por ganancia?
✅ No. Solo quien vende paga contribuciones por la ganancia.